APROBADA LA BETAÍNA POLIMÉRICA PARA BIOCIDAS PROTECTORES DE LA MADERA

SE APRUEBA LA BETAÍNA POLIMÉRICA PARA BIOCIDAS PROTECTORES DE LA MADERA

La Comisión Europea ha autorizado el uso de la sustancia activa betaína polimérica para biocidas protectores de la madera (TP8). Esta sustancia, destinada al uso industrial, es eficaz como insecticida y fungicida en tratamientos para la madera.

En línea con el programa de trabajo para la revisión sistemática de las sustancias activas biocidas en la UE, la Comisión Europea ha aprobado el uso de la sustancia activa N-didecil-N-dipolietoxiamonio/borato de didecilpolioxietilamonio (betaína polimérica) para biocidas del tipo de producto 8 (protectores de la madera) por un período de diez años. Durante la evaluación realizada, la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) cambió el nombre de esta sustancia activa por la siguiente: "productos de reacción del ácido bórico con la didecilamina y el óxido de etileno (betaína polimérica).

La ECHA ha concluido en su informe que la betaína polimérica cumple con los criterios de ser una sustancia persistente y tóxica, por lo cual debe considerarse candidata para su sustitución.

La autorización de productos biocidas que contengan betaína polimérica como sustancia activa estará sujeta a las siguientes condiciones:

Durante la evaluación del biocida, se prestará especial atención a:

1.- los usuarios industriales y profesionales,

2.- las plantas de tratamiento de aguas residuales, las aguas superficiales, los sedimentos, el suelo y las aguas subterráneas para maderas de la clase de uso 1 y 2. Debido a los riesgos identificados para las aguas superficiales, los sedimentos, el suelo y las aguas subterráneas durante la impregnación industrial y el almacenamiento de madera, las etiquetas y, en su caso, las fichas de datos de seguridad de los productos autorizados deberán incluir lo siguiente: "Todos los procesos de aplicación industrial deben realizarse en una zona confinada, sobre una superficie dura e impermeable, con barreras para evitar derrames, y debe existir un sistema de recuperación" (por ejemplo, un sumidero).

3.- Se deben adoptar medidas para evitar cualquier vertido de agua de limpieza (después de limpiar suelos, depósitos, contenedores) al medio ambiente (alcantarillado, suelo, agua) durante la fase de aplicación.

4.- La madera recién tratada debe almacenarse, tras el tratamiento, bajo techo o sobre una superficie dura e impermeable para evitar pérdidas directas al suelo, alcantarillado o agua, y cualquier pérdida debe ser recolectada para su reutilización o eliminación.

Las etiquetas de los artículos tratados deben indicar las características del biocida que contiene betaína polimérica, así como las instrucciones de uso y las precauciones pertinentes.

En el caso de productos que puedan dejar residuos en alimentos o piensos, se evaluará la necesidad de establecer nuevos límites máximos de residuos o modificar los existentes.

La comercialización de artículos tratados con betaína polimérica estará sujeta a la condición de que la persona responsable de su introducción en el mercado garantice un etiquetado correcto.

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2964 DE LA COMISIÓN de 29 de noviembre de 2024 por el que se aprueba la sustancia productos de reacción del ácido bórico con la didecilamina y el óxido de etileno (betaína polimérica) como sustancia activa existente para su uso en biocidas del tipo 8 de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo

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